
La Corte Penal Internacional (CPI) es un tribunal penal internacional permanente creado por el Estatuto de Roma[1], del que forman parte 125 Estados. Se trata de un organismo independiente, no integrado en la estructura de la Organización de las Naciones Unidas, aunque mantiene cooperación formal con ella. Su mandato consiste en ejercer jurisdicción penal sobre los crímenes de mayor gravedad reconocidos por la comunidad internacional, consolidando un mecanismo permanente de justicia penal internacional.
Actúa como mecanismo de responsabilidad penal individual en el ámbito internacional y refuerza la vigencia del derecho internacional mediante la afirmación de límites jurídicos universales otorgados por los Estados. Su función contribuye a la estabilidad normativa del sistema internacional, interviniendo únicamente cuando la jurisdicción nacional es incapaz o no está dispuesta a actuar, de acuerdo al principio de complementariedad.
Su competencia depende de la adhesión del Estado al Estatuto de Roma y su eficacia real está supeditada a la cooperación efectiva de los Estados, lo que define su alcance su alcance operativo. Esta dinámica refleja la tensión existente entre soberanía nacional y jurisdicción internacional.
La importancia de la CPI radica en que constituye un indicador del grado de aceptación de los límites del orden internacional basado en normas, del que representa un elemento estructural. En un entorno marcado por la competencia sistémica y la erosión del multilateralismo su funcionamiento revela la fragilidad de la gobernanza global y la necesidad de preservar instituciones que sostienen la arquitectura jurídica internacional de un sistema basado en normas.
[1] “Instrumento de Ratificación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, hecho en Roma el 17 de julio de 1998”; BOE; https://www.boe.es/boe/dias/2002/05/27/pdfs/A18824-18860.pdf
